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¿Puedo recuperar compensación si tuve parte de la culpa en Utah?

¿Puedo recuperar compensación si tuve parte de la culpa en Utah?

Respuesta corta: Sí, siempre que su porcentaje de culpa sea menor que la culpa combinada de las personas contra las que reclama. Utah reduce lo que usted puede recuperar según su propio porcentaje de culpa, y lo elimina por completo a partir del 50%. Buena parte de la negociación ocurre justamente en esos porcentajes.

Muchos choques no son culpa de un solo conductor. Tal vez usted iba unas millas por encima del límite, miró el teléfono un segundo o salió cuando creyó que había espacio. Las personas en esa situación muchas veces suponen que no tienen reclamo. Bajo la ley de Utah, esa suposición con frecuencia está equivocada.

La regla de culpa comparativa modificada de Utah

La regla de Utah parte de una idea simple: su propia culpa no le impide recuperar (Código de Utah § 78B-5-818(1)). Usted puede recuperar de cualquier demandado o grupo de demandados cuya culpa, combinada con la de ciertas otras personas que la ley toma en cuenta, sea mayor que la suya (§ 78B-5-818(2)).

De ahí se desprenden dos consecuencias:

  • Su recuperación se reduce según su porcentaje. Ningún demandado tiene que pagar más que la parte de los daños que corresponde a su propia parte de la culpa (Código de Utah § 78B-5-820(1)). Si se determina que usted tuvo el 20% de la culpa y el otro conductor el 80%, usted puede recuperar el 80% de sus daños.
  • Al 50%, el reclamo se termina. La culpa de la otra parte tiene que ser mayor que la suya. Un reparto 50/50 significa que usted no recupera nada de ese demandado. Con un 49%, todavía puede recuperar el 51%.

La culpa la decide el juzgador de los hechos, normalmente un jurado si el caso llega a juicio. Debe asignar un porcentaje a cada persona que busca recuperar, a cada demandado y a ciertas otras personas cuando una de las partes lo pide (Código de Utah § 78B-5-819(1)). Antes del juicio, esos porcentajes existen solo como el argumento de cada lado.

Cuando más de una parte tiene la culpa

Los choques que involucran a varios conductores, al dueño de un vehículo, a una empresa de transporte o a un negocio con una condición peligrosa en su propiedad plantean dos preguntas prácticas.

¿La culpa de quién se compara con la suya? La ley mira a un demandado o a un grupo de demandados en conjunto. Usted compara su culpa con la culpa combinada de los demandados contra los que reclama, no con cada uno por separado. Si usted tuvo el 30% de la culpa y otros dos conductores el 35% cada uno, puede recuperar de ambos.

¿Quién paga qué? Cada demandado paga solo su propio porcentaje, y un demandado no tiene derecho a que nadie más le contribuya (§ 78B-5-820). Eso tiene un costo real: si uno de los conductores culpables no tiene seguro ni bienes, los demás no cubren la parte de ese conductor. Esta es una de las razones por las que su propia cobertura de motorista sin seguro y con seguro insuficiente importa tanto; vea reclamos por motorista con seguro insuficiente en Utah.

La “silla vacía” y las partes con inmunidad

A veces los demandados intentan culpar a alguien que no está en la demanda. Utah lo permite solo con aviso previo. La parte que quiera que se le asigne culpa a alguien que no es parte del caso tiene que presentar una descripción de la base fáctica y legal para ello, con datos de identificación, a más tardar 90 días antes del juicio (Código de Utah § 78B-5-821(4)).

También se le puede asignar culpa a alguien que tiene inmunidad frente a una demanda, que la ley define como un empleador protegido por las leyes de compensación laboral o una entidad o empleado del gobierno con inmunidad bajo la Ley de Inmunidad Gubernamental (Código de Utah § 78B-5-817(3)). Si el total de la culpa asignada a las personas con inmunidad es menor al 40%, la corte la redistribuye entre los demás en proporción; con el 40% o más, se queda donde la puso el jurado (§ 78B-5-819(2)). Estas reglas son técnicas, pero pueden cambiar quién termina pagando y cuánto.

Lo que no cuenta en su contra: el cinturón de seguridad

Un argumento que las aseguradoras no pueden usar en Utah: que usted no llevaba puesto el cinturón de seguridad. No usar el cinturón, o no usar un asiento de seguridad para niños, no es negligencia comparativa y no se puede presentar como prueba en un litigio civil sobre negligencia, lesiones o mitigación de daños (Código de Utah § 41-6a-1806). Si un ajustador lo menciona para bajar una oferta, vale la pena rebatirlo.

Cómo usan las aseguradoras los argumentos de culpa

Mucho antes de cualquier jurado, el porcentaje de culpa es una cifra de negociación. Un ajustador puede decir que la compañía “acepta el 60% de la responsabilidad” o que usted fue “igualmente responsable”. Eso es una postura, no una determinación. Muchas veces se construye a partir de:

  • Sus propias palabras en una declaración grabada, como “no lo vi hasta el último segundo”
  • Una multa o una línea en el reporte de policía
  • Estimaciones de velocidad a partir de fotos del daño
  • Huecos en el expediente, donde ningún testigo ni video contradice la versión de su conductor

Cada 10% que el ajustador le traslada a usted se resta directamente del valor del reclamo, y llevarlo al 50% lo termina. Por eso las pruebas detrás de la culpa merecen tanta atención como las facturas médicas. Vea qué pruebas ayudan en un caso de accidente de carro para saber qué conservar.

Su propio PIP sigue pagando

Tener parte de la culpa no afecta sus beneficios de protección contra lesiones personales. El PIP paga sus primeras cuentas médicas, al menos $3,000, más parte de su sueldo perdido, sin importar quién causó el choque (Código de Utah § 31A-22-307). Las exclusiones que una aseguradora puede aplicar al PIP están limitadas por la ley y no incluyen el descuido ordinario (Código de Utah § 31A-22-309(2)). Hay más en ¿Utah es un estado sin culpa?.

Qué hacer si cree que comparte parte de la culpa

  1. No discuta la culpa con el otro conductor ni pida disculpas en el lugar. Limítese a los hechos cuando hable con la policía.
  2. Tenga cuidado con lo que le dice a la aseguradora del otro conductor. No está obligado a darle una declaración grabada.
  3. Conserve sus propias pruebas: fotos, video de la cámara de tablero y los nombres de los testigos.
  4. Atiéndase y guarde sus expedientes, porque el argumento de la culpa y el de la lesión normalmente se hacen juntos.
  5. Vigile los plazos. La mayoría de los reclamos por lesiones en Utah deben presentarse dentro de cuatro años (Código de Utah § 78B-2-307(4)), y algunos son mucho más cortos; vea el plazo para demandar por lesiones en Utah.

Hable con un abogado de lesiones personales en Utah

Un reclamo en el que usted comparte parte de la culpa sigue siendo un reclamo. La pregunta es cuánta, y eso se decide con pruebas y argumentos, no con la primera cifra que mencione un ajustador. Una consulta gratis puede ayudarle a ver dónde está realmente su caso.

¿Se lesionó en Utah? Llame al (801) 921-5134 o envíenos su caso para una consulta gratis. No cobramos honorarios de abogados a menos que ganemos.

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