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Ciclista golpeado por la puerta de un carro en Utah: ¿quién paga?

Ciclista golpeado por la puerta de un carro en Utah: ¿quién paga?

Respuesta corta: Normalmente paga la persona que abrió la puerta, y en la mayoría de los casos eso significa un reclamo contra el seguro de responsabilidad civil del carro. La ley de Utah prohíbe abrir la puerta de un carro hacia el tráfico en movimiento a menos que pueda hacerse con seguridad. Su propia póliza de auto también podría pagar algunas de sus primeras cuentas médicas, aunque usted iba en bicicleta.

Un choque con la puerta de un carro ocurre en un segundo. La puerta de un carro estacionado se abre, no hay espacio para frenar, y el ciclista golpea la puerta o se desvía hacia el carril de tráfico. Las lesiones muchas veces son peores de lo que sugiere la velocidad: un hombro, una muñeca o una clavícula por el impacto, o una lesión en la cabeza por la caída. Así es como la ley de Utah determina quién paga.

La regla sobre abrir las puertas de un carro

Utah tiene una ley escrita exactamente para esta situación. Una persona no puede abrir la puerta de un vehículo motorizado del lado por donde circula el tráfico a menos que pueda hacerlo con seguridad y sin interferir con el movimiento del resto del tráfico, y no puede dejar esa puerta abierta más tiempo del necesario para que suban o bajen pasajeros (Código de Utah § 41-6a-1704).

Dos aspectos de esa regla importan para un reclamo. Primero, se aplica a “una persona”, no solo al conductor. Un pasajero que abre de golpe una puerta trasera tiene el mismo deber. Segundo, una bicicleta forma parte del “resto del tráfico”. Una persona que anda en bicicleta tiene todos los derechos del conductor de cualquier otro vehículo según el código de tránsito de Utah (Código de Utah § 41-6a-1102). Abrir una puerta en el camino de un ciclista es precisamente el tipo de interferencia que la ley prohíbe.

“El ciclista iba demasiado cerca de los carros estacionados”

Este es el argumento que las aseguradoras usan con más frecuencia en los casos de choques con puertas, y la ley de Utah le da una respuesta. Un ciclista que va más despacio que el tráfico generalmente circula lo más cerca posible del borde derecho de la calle, pero la ley enumera excepciones. El ciclista puede alejarse del borde cuando sea razonablemente necesario para evitar condiciones que hagan inseguro permanecer ahí, incluidos vehículos estacionados o en movimiento, peligros en la superficie y un carril demasiado angosto para que una bicicleta y un carro circulen con seguridad uno al lado del otro (Código de Utah § 41-6a-1105(1)(d)).

En otras palabras, la ley no le exige circular en la zona donde se abren las puertas. Si usted iba más lejos de los carros estacionados, estaba dentro de sus derechos. Si iba cerca de ellos, la pregunta es si la persona que abrió la puerta pudo haber mirado primero, y la respuesta casi siempre es sí.

Los conductores que rebasan a ciclistas también tienen deberes. Un automovilista no puede, a sabiendas, intencionalmente o de manera imprudente, manejar a menos de tres pies de una persona en bicicleta (Código de Utah § 41-6a-706.5). Eso importa en el segundo tipo de choque con una puerta, cuando el ciclista esquiva la puerta y lo golpea un carro que pasa. En ese caso puede haber dos personas descuidadas, y dos pólizas de seguro, involucradas.

Qué seguro paga

La póliza de responsabilidad civil del carro

La póliza de auto de un propietario en Utah debe cubrir al asegurado nombrado y a cualquier persona que use el carro con permiso del propietario, por la responsabilidad que surja de la propiedad, el mantenimiento o el uso del carro (Código de Utah § 31A-22-303(1)(a)(ii)). En un choque con una puerta, el reclamo normalmente va a esa póliza, aunque si un incidente en particular cuenta como “uso” del carro puede depender de la redacción de la póliza. Cuando fue un pasajero quien abrió la puerta, que la póliza del propietario cubra al pasajero puede depender del texto de la póliza, y el pasajero puede tener su propia póliza. Vale la pena pedir información de ambas.

Para las pólizas emitidas o renovadas a partir del 1 de enero de 2025, el límite mínimo por lesiones corporales es de $30,000 por persona (Código de Utah § 31A-22-304). Una clavícula rota que necesita cirugía puede superar esa cantidad rápidamente.

Su propia póliza de auto, aunque usted iba en bicicleta

Muchos ciclistas no saben que su propio seguro de auto podría ayudarles. La ley de protección contra lesiones personales (PIP) de Utah cubre al asegurado nombrado “cuando se lesiona en un accidente que involucra cualquier vehículo motorizado”, y a los familiares del asegurado que viven en su hogar en los mismos términos (Código de Utah § 31A-22-308(1)-(2)). El PIP paga sin importar la culpa: al menos $3,000 en gastos médicos, más el 85% de los ingresos brutos perdidos, hasta $250 por semana durante un máximo de 52 semanas (Código de Utah § 31A-22-307). Si un choque con una puerta en particular califica bajo una póliza en particular es una pregunta que debe hacerle a su aseguradora por escrito.

Hay una contrapartida. Una persona que tiene cobertura PIP generalmente no puede demandar por dolor y sufrimiento a menos que la lesión supere el umbral de Utah: más de $3,000 en gastos médicos, un hueso roto, una discapacidad o deterioro permanente, una desfiguración permanente, un desmembramiento o la muerte (Código de Utah § 31A-22-309(1)). Muchas lesiones por choques con puertas alcanzan ese umbral solo por una fractura. Para saber más sobre cómo funciona el PIP, vea ¿Utah es un estado sin culpa?

Su cobertura de motorista con seguro insuficiente

Si la persona que abrió la puerta solo tiene los límites mínimos y sus lesiones son graves, revise si su propia póliza incluye cobertura de motorista sin seguro y con seguro insuficiente. Explicamos cómo funciona en qué pasa si el otro conductor no tiene seguro o tiene muy poco.

Culpa compartida

Utah aplica la culpa comparativa. Si se determina que usted tuvo parte de la responsabilidad, por ejemplo por andar de noche sin luz, su compensación se reduce según su porcentaje, y usted puede recuperar de un demandado solo si la culpa de las personas contra quienes reclama es mayor que la suya (Código de Utah § 78B-5-818). En un choque sencillo con una puerta, la persona que abrió la puerta normalmente carga con la mayor parte o con toda la culpa, pero espere que la aseguradora busque algo que atribuirle al ciclista.

Qué hacer después de que lo golpee la puerta de un carro

  • Consiga el nombre, el número de teléfono y el seguro de la persona que abrió la puerta, y del propietario del carro si es otra persona. La gente muchas veces se disculpa en el lugar y después es más difícil de localizar.
  • Llame a la policía para que haya un reporte. Puede solicitarlo después; nuestra guía sobre cómo obtener un reporte policial de choque en Utah explica cómo.
  • Tome fotos del carro, de la puerta, del lugar donde estaba estacionado y de donde usted terminó. Los daños en la puerta y las marcas de raspones ayudan a mostrar qué tan abierta estaba la puerta.
  • Conserve la bicicleta, el casco y la ropa tal como quedaron. No mande reparar la bicicleta hasta que le hayan tomado fotos.
  • Busque cámaras. Los negocios, las cámaras de timbre y las paradas de autobús a lo largo de la calle pueden haberlo grabado, pero las grabaciones muchas veces se borran en cuestión de días.
  • Reciba atención médica el mismo día y dígale al proveedor exactamente cómo ocurrió.

Plazos

La mayoría de los reclamos por lesiones en Utah deben presentarse dentro de cuatro años (Código de Utah § 78B-2-307(4)). Si la puerta pertenecía a un vehículo del gobierno, como una camioneta de la ciudad o una patrulla de policía, se debe presentar un aviso de reclamo por escrito dentro de un año (Código de Utah § 63G-7-402). Vea nuestra página sobre el plazo para demandar por lesiones personales en Utah para conocer los detalles. Para un panorama más amplio de los reclamos por choques en bicicleta, lea reclamos por accidentes de bicicleta en Utah.

Hable con un abogado de accidentes de bicicleta en Utah

Los reclamos por choques con puertas muchas veces involucran a más de una aseguradora y una discusión rápida sobre dónde iba el ciclista. Si usted se lesionó, podemos determinar qué pólizas aplican. Nuestros abogados de accidentes de bicicleta en Draper representan a ciclistas en todo el estado.

¿Se lesionó en Utah? Llame al (801) 921-5134 o envíenos su caso para una consulta gratis. No cobramos honorarios de abogados a menos que ganemos.

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