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Colosimo v. Gateway Community Church: Lo que un propietario en Utah le debe a un intruso

Colosimo v. Gateway Community Church: Lo que un propietario en Utah le debe a un intruso

Respuesta corta: En Colosimo v. Gateway Community Church, la Corte Suprema de Utah decidió que una iglesia de Draper no tenía ningún deber legal hacia un joven de 16 años que murió electrocutado mientras estaba sin permiso en su techo. En Utah, un propietario por lo general no es responsable ante los intrusos por un simple descuido. Las excepciones son limitadas, y cada una depende de lo que sabía el propietario.

La mayoría de los reclamos por lesiones en la propiedad de otra persona involucran a un cliente, un inquilino o un invitado. Pero la gente también se lastima donde no fue invitada: un adolescente en un techo, un niño en una obra de construcción, alguien que toma un atajo por un patio ferroviario. Esta decisión explica las reglas que aplican los tribunales de Utah en esos casos y muestra cuánto depende de las pruebas sobre lo que sabía el propietario.

Lo que pasó

El caso es Colosimo v. Gateway Community Church, 2018 UT 26, decidido el 26 de junio de 2018. En 2012, un joven de 16 años y dos primos salieron a hacer “roofing”, es decir, a subirse a los techos después del anochecer. Usaron una escalera fija para llegar al techo de un edificio de un piso que la iglesia tenía en Draper. Nadie les había dado permiso.

Un letrero ovalado en el edificio estaba mal conectado, y la cubierta de metal del techo se había electrificado. Los muchachos sintieron descargas y decidieron bajar. En el camino, el pie del adolescente quedó atrapado entre la escalera y la cubierta de metal. Recibió una descarga eléctrica durante 10 a 15 segundos y murió diez días después.

Un inspector de construcción de la ciudad que revisó el techo después no encontró ningún problema. Con el tiempo, un jefe de bomberos rastreó la corriente hasta el letrero. Los padres del adolescente demandaron a la iglesia por muerte por negligencia. El tribunal de primera instancia dictó sentencia sumaria a favor de la iglesia, y la Corte de Apelaciones la confirmó.

La regla de partida: a los intrusos se les debe poco

Para decidir lo que un propietario le debe a una persona, Utah primero pregunta si esa persona es un invitado de negocios (invitee), un visitante con permiso (licensee) o un intruso (trespasser). Un intruso es alguien que está en el terreno sin el consentimiento del propietario ni otro privilegio legal para estar ahí. Para los intrusos, Utah sigue la regla de que un propietario “is not liable to trespassers for physical harm caused by his failure to exercise reasonable care” [no es responsable ante los intrusos por el daño físico causado por no actuar con cuidado razonable], sujeto a excepciones específicas. Como nadie disputó que el adolescente estaba sin permiso en la propiedad, la familia tenía que encajar el caso en una de esas excepciones.

Excepción 1: intrusos constantes en un mismo lugar

Un propietario que sabe, o debería saber, que hay intrusos que “constantly intrude upon a limited area” [entran constantemente a un área limitada] puede tener un deber hacia ellos respecto a las condiciones muy peligrosas en ese lugar. La familia demostró que la iglesia sabía de dos entradas sin permiso anteriores al techo, en 2004 y 2010, además de personas merodeando, grafiti, basura y robos en otras partes de la propiedad.

La Corte decidió que eso no era suficiente. Dos incidentes conocidos en más de una década no eran una intrusión “regular, persistent, or habitual” [regular, persistente o habitual]. Y las entradas sin permiso en otras partes de la propiedad no contaban, porque la regla exige saber que la gente entra una y otra vez a “some particular place” [algún lugar en particular] donde está el peligro.

Excepción 2: la doctrina de la “molestia atractiva” para niños

Utah usa la prueba de cinco partes del Restatement para los niños que entran sin permiso, conocida como la doctrina de la “molestia atractiva” (attractive nuisance). Entre otras cosas, el propietario debe saber o tener motivos para saber que es probable que haya niños que entren sin permiso donde está la condición, y debe saber o tener motivos para saber de la condición misma y de su riesgo grave.

En el primer punto, la Corte le dio la razón a la familia. Dijo que “likely to trespass” [probable que entren sin permiso] es un umbral más bajo que la intrusión constante, y que las pruebas podrían haber sido suficientes. Pero el reclamo fracasó en el segundo punto. No había pruebas de que la iglesia supiera, o tuviera motivos para saber, que el letrero estaba mal conectado o que la cubierta de metal estaba electrificada. La iglesia sabía que el letrero había dejado de funcionar como un mes antes, pero la Corte decidió que eso no permitía deducir que sabía que el techo se había vuelto peligroso.

Una violación del código de la ciudad no creó un deber

La familia también argumentó que la ordenanza de letreros de Draper, que exige mantener los letreros en condiciones seguras y conforme a los códigos eléctricos, creaba un deber. La Corte estuvo de acuerdo en que los gobiernos pueden crear deberes extracontractuales por medio de leyes u ordenanzas, y en que violar una norma de seguridad muchas veces es prueba de negligencia. Pero antes de que un código pueda fijar el estándar de cuidado, el demandante debe demostrar que ese código buscaba proteger a personas como él del tipo de daño que ocurrió. Esta ordenanza estaba dirigida al público en general, sin nada sobre intrusos ni techos, así que no creaba un deber hacia el adolescente.

Lo que esto significa para las personas lesionadas en Utah y sus familias

  • Su situación en la propiedad define todo el caso. A un cliente o a un invitado se le debe mucho más que a un intruso. Si una persona estaba invitada, tenía permiso o era un intruso puede ser en sí un punto en disputa, así que importan los hechos sobre cómo y por qué alguien estaba ahí.
  • Lo que sabía el propietario muchas veces es decisivo. En Colosimo, el hecho de que la iglesia no sabía del problema con el cableado terminó el caso. Las llamadas a la policía, las quejas, los reportes de seguridad, las solicitudes de reparación y los incidentes anteriores en el lugar exacto son el tipo de prueba que puede mostrar lo que sabía un propietario.
  • Los niños tienen más protección, pero no una protección automática. La regla de la molestia atractiva tiene cinco elementos, y hay que probar los cinco.
  • Una violación del código solo ayuda si el código lo protege a usted. La pregunta es si la regla se escribió para proteger a las personas en su situación del tipo de lesión que usted sufrió.
  • Puede haber otras partes involucradas. La Corte señaló que el letrero se había instalado mal, y la iglesia dijo que no fue ella quien lo instaló. El caso ante la Corte era solo contra el propietario.

Límites del fallo

Colosimo se aplica a los intrusos. No reduce lo que los propietarios les deben a los clientes, los inquilinos y los invitados. La Corte decidió el caso en sentencia sumaria, lo que significa que las pruebas de la familia no eran suficientes para llegar a un jurado; otras pruebas sobre lo que sabía un propietario podrían dar un resultado distinto. No hemos encontrado una decisión de apelación posterior en Utah ni una ley que cambie estas conclusiones.

Si murió un familiar, el plazo en Utah para presentar una demanda por muerte por negligencia es por lo general de dos años (Código de Utah § 78B-2-304(3)). Vea nuestras guías sobre reclamos por muerte por negligencia en Utah y reclamos por lesiones de menores, y nuestra página de responsabilidad del propietario para las reglas que se aplican a los visitantes invitados.

Hable con un abogado de responsabilidad del propietario en Utah

Cuando alguien se lastima donde no fue invitado, el caso muchas veces depende de registros que muestran lo que sabía el propietario y desde cuándo. Nuestro equipo legal puede revisar cómo ocurrió la lesión y quién más podría compartir la responsabilidad.

¿Se lesionó en Utah? Llame al (801) 921-5134 o envíenos su caso para una consulta gratis. No cobramos honorarios de abogados a menos que ganemos.

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